Artículo - 6 de agosto de 2024.
Agencias de Viajes: VENTA PRESENCIAL vs. VENTA ON LINE
En estos tiempos que estamos viviendo, - o mejor dicho, sufriendo,- debido al covid19, las agencias de viaje como cooperadores necesarios en el turismo, tanto nacional, como internacional, están padeciendo en primera persona, no solo la propia existencia del virus, sino también riesgo de contagio personal de los agentes de viajes y sus familiares, y además, está incidiendo de una manera demoledora en su propia economía por las restricciones dictadas por sanidad, no ya solo la Española, sino la de cada uno de los países del mundo, en lo que nos afecta, a los viajes y al turismo en general.Esta situación está incidiendo en el mercado de las agencias de viajes, en el que tradicionalmente había dos grandes tendencias de actuación según fuera, como un criterio más, su tipo de clientela.Así, un sector de la sociedad prefería una atención presencial, ver cara a cara a su agente de viajes, el trato cordial, la cercanía, la confianza, esto es, la actividad clásica presencial de las agencias en los locales físicos de venta al público, pero otro sector de la población prefiere la comodidad de actuar desde su hogar o desde donde quiera, sin desplazamientos a la calle, la inmediatez y la disponibilidad horaria, pudiendo acceder a los servicios sin horarios de atención al público, esto es, la venta on line.A grandes rasgos, estas eran las dos opciones existentes en nuestro mercado.La venta presencial, a través de agencias a pie de calle, como opción totalmente válida, era bien preferida por un amplio sector de población pues los clientes, que, sin tener un manejo adecuado de las tecnologías, preferían acudir sin problemas a las tiendas, constituyendo el mantenimiento de tales establecimientos un coste de la actividad que era asumible pues tales visitas generaban un mayor beneficio que compensaba ese coste.Sin embargo, la pandemia ha marcado una diferencia, no tanto por ella misma, sino por las medidas tomadas para evitar su expansión, que han supuesto el cierre durante el confinamiento de la casi totalidad de los comercios, y posteriormente, ante las restricciones de viajes, la menor venta, y por ende, menor o nulo beneficio.Esto nos lleva a plantear como afrontar la situación, pues, entendemos, hay tres opciones básicas, y nos referimos siempre a las agencias presenciales. A saber, i) intentar esperar la normalización si se tiene tesorería suficiente, ii) Realizar un cierre ordenado de empresa, y iii) Evolucionar y adaptarse a la situación.En cuanto a esta última opción, existen muchas medidas que se pueden tomar, si bien, una de ellas, de la que trata este artículo, es la modificación de los medios y procesos de venta de la actividad. Esto es, pasar de ser una agencia presencial, a ser una agencia on line, que aprovecho para informar que en el sector se las conoce como OTA, cuyas siglas en inglés significan “Online Travel Agencies” (Agencias de viaje en línea).Con ello, en primer lugar, logramos un tangible abaratamiento en los costes, pues ya no habría, en su modalidad más extrema, que abonar la renta del pago del alquiler del local, el pago de los suministros habituales de electricidad y agua, impuestos como el IBI, recogida de basura, etc.…, incrementando la posibilidad de supervivencia económica de la agencia.No puedo dejar pasar el hecho de comentar la realidad del empujón tecnológico que hemos sufrido por la pandemia, pues muchos sectores de población reacios a las nuevas tecnologías se han tenido que abrir, por mera necesidad, al comercio on line, y se han familiarizado con internet, con las herramientas informáticas, con las nuevas tecnologías, video conferencias y demás herramientas, que ni soñaban utilizar solo 6 meses atrás. El empujón tecnológico que estamos padeciendo es evidente, y no puede negarse, por lo que ahora es mayor el sector poblacional que se maneja on line, que antes del dichoso covid19, lo cual beneficiará, de una forma evidente a las OTAs.Así las cosas, y después de este largo prefacio, quiero dejaros unas pinceladas de los trámites a seguir, si estuvieras valorando, la posibilidad del cierre del establecimiento físico, y pasar a la venta on line.En primer lugar, parto de la base del cierre del local, y centrar la actividad, en otro lugar, sea otra oficina, o incluso en el propio domicilio – bajo ciertas condiciones-, es viable, y supone la resolución del contrato de arrendamiento, con la consiguiente negociación con el propietario.En paralelo, el cambio de domicilio de la actividad supone un hecho importante en las relaciones con las distintas administraciones pues hay una obligación genérica de comunicación, que, de omitirla, podría conllevar al final, alguna sanción.Así, de ser una sociedad mercantil, el cambio de domicilio social, - lugar en donde se realiza la actividad en la mayoría de los casos -, supone que se debe realizar una modificación de los estatutos de la sociedad, - ante Notario – y su inscripción en el Registro Mercantil. Una vez hecho, se debe comunicar el cambio antes los distintos organismos de forma obligada, como son, la Tesorería General de la Seguridad Social, y el cierre del centro de trabajo ante la autoridad competente. En cuanto a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria habría que modificar el Censo, y los datos del Impuesto de Actividades Económicas, en su caso.Por otro lado, están las Autoridades de Turismo, a las que se deberá comunicar las modificaciones, a través de la pertinente Declaración Responsable, con las peculiaridades de cada normativa de las distintas Comunidades Autónomas.También, no nos podemos olvidar del seguro de Responsabilidad Civil, y los suministros contratados, como agua, electricidad, etc.Por último, incidir en que la venta online está regulada, y hay que cumplir las leyes que la reglamentan de forma específica, y adaptar las condiciones generales de venta, de contratación, las de uso de la página web, política de privacidad, protección de datos, etc.., tampoco podemos dejar atrás, el hecho de las garantías de que las transacciones económicas o de pago de los servicios que se hagan son seguras.Espero haber arrojado un poco de luz sobre los trámites necesarios, sin ser exhaustivo, para la modificación de venta de las agencias de viajes de forma presencial a on line.
José Luis Valencia (Abogado T&L)